DECLARA: CON LUGAR la inhibición planteada por el Abg. NORKA MIRABAL RANGEL, Jueza Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo previsto en el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con lo establecido en los Artículos: 86 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase la causa en su oportunidad legal a fin de continuar el curso legal del proceso