DISPOSITIVA
UNICO: Se otorga el lapso de cinco (05) días de despacho, los cuales comenzarán a computarse una vez quede firme la presente decisión, para que el co-demandado de autos ciudadano ISAÍAS ANTONIO BELLO MIRABAL, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-10.623.457, presente las pruebas que quiera valerse de conformidad con el artículo 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Y ASÍ SE DECIDE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, en San Fernando de Apure a los cuatro (04) días del mes de Octubre del año 2018, 208 de la Independencia y 159 de la Federación.-
Abg. ANTONIO AAYSENN FRANCO TOVAR.
EL JUEZ PROVISORIO.-
Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO R.
EL SECRETARIO.-
En ésta m.....