este Tribunal habiendo manifestado las mismas, su consentimiento con las condiciones propuestas y dada la naturaleza de esta Audiencia este Tribunal, acuerda suspender el curso del proceso por un lapso prudencial de Cinco (05) días hábiles, para el día 11 de Noviembre del presente año, para la materialización, verificación y constancia en las actas procesales de la copia de la comunicación por parte de la querellada ARLY MARIA MENDEZ PARRA, con su nota de recibido, por ante las autoridades respectivas, donde desiste de la denuncia presentada por ante El General de la División (Ejercito) RAUL ISAIAS DABUEL Comandante de la cuarta división Blindada acantonada en Aragua, así como remitir copia al General JOSE AQUILES VIETRY VIETRY, inspector General del Ejercito. Una vez cumplida la misma el Tribunal, procederá a la homologación y extinción de la acción Penal. Quedan notificadas las partes. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.
La JUEZ PRIMERO DE JUICIO
DRA. WILMER ARANGURE.....