Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley, resuelve:
Único: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en la presente Querella Funcionarial, ejercida por la ciudadana Elvis Daylina Michelangeli Contrera, titular de la cedula de identidad Nº 15.998.415, debidamente representada por los abogados Frederick Díaz y Rafael Serrano, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 137.506 y 81.604, respectivamente, contra la Gobernación del Estado Apure (Comandancia General de la Policía del Estado Apure).