Que luego del íter procesal correspondiente a dicho procedimiento en fecha 17 de octubre de 2024 dicto sentencia definitiva que fuera apelada por la parte actora y oída en ambos efectos el 23 de octubre de 2024, es por lo que este Tribunal, sin adelantar opinión sobre el fondo del asunto y siguiendo el procedimiento ordenado y antes mencionado, con el fin de procurar la estabilidad de este procedimiento, garantizando los derechos y garantías constitucionales a la Seguridad Jurídica, Derecho a la Defensa, Debido Proceso y Tutela Judicial Efectiva de los justiciables, previstos en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela DECLARA:
PRIMERO: Conforme a lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil SE REVOCA POR CONTRARIO IMPERIO el auto de fecha 28-10-2024 cursante al folio 701 de la Pieza N° 2 del expediente y SE ACUERDA FIJAR INMEDIATAMENTE, LOS ACTOS Y DEMÁS TRÁMITES PROCESALES PERTINENTES EN ESTA INSTANCIA SUPERIOR C.....