PRIMERO: Sin Lugar la Recusación propuesta por el ciudadano DARIO FERNANDO MEZA JIMENEZ, asistido por la abogada LISBETH FRANCO, contra el Juez Titular del Tribunal Primero del Municipio Achaguas de esta Circunscripción Judicial, Dr. WILMER JOSE PEREZ CELIS.
SEGUNDO: Se impone a la parte recusante una multa de Dos Bolívares Fuertes (Bs.F. 2,00), que deberá pagar en el término de tres (3) días ante el Tribunal donde intentó la recusación, el cual actuará como agente del Fisco Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se notifica de esta decisión a la parte recusante, por haber salido la misma fuera del lapso establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Comisionándose para ello al Juzgado Primero del Municipio Achaguas, de esta Circunscripción Judicial, conforme al artículo 233 del código antes citado.