En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Aumento de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana MARIA ROSSINA BELISARIO RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.639.308, madre y representante legal de las Hnas.; Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de 14, 12 y 11 años de edad, en contra del ciudadano ADALIS LEONEL VALERA VALDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.618.265.-