este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Primero: Declararlos en rebeldía de conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y se ordena su captura, para lo cual se toma en cuenta lo expuesto por el Jefe de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito y Extensión en los oficios que corren insertos a los folios 28 y 31 de la presente causa, en consecuencia se acuerda oficiar a los diferentes cuerpos de seguridad del Estado. Segundo: Se Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad impuesta por este Tribunal a los imputados adolescentes (Se omite la identificación de los Adolescente por mandato expreso del Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en fecha 12-09-2.005, de c.....