En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su HOMOLOGACIÓN JUDICIAL a la TRANSACCIÓN JUDICIAL efectuada en la forma y términos descritos por ellos conforme al acta donde se celebró el Acto Conciliatorio que riela a los folios 265 y 266 del Expediente N°. 6.295 que contiene la QUERELLA INTERDICTAL DE OBRA NUEVA instaurada por la ciudadana CARMEN JOSEFINA VALERA LISCANO contra el ciudadano SALVADOR GARCIA DELGADO, para que surta el efecto de Sentencia Pasada con autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en los artículo 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente Homologación Judicial y archívese el presente expediente en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la S.....