este Juzgado Primero del Municipio achaguas de la Circusncripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, NIEGA LA ADMISION DE LAS PRUEBAS promovidas por el Apoderado de la parte demandante
EL JUEZ PRIMERO TEMP.
Dr. WILMER J. PÉREZ CELIS.- El Secretario Temp.
Abg. CARLOS BLANCO.-
EXP N° 04-407 (TRABAJO)
NS.-