DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio con competencia en Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, consistente en la obligación de presentarse cada ocho (08) días ante el Cuerpo de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en contra del ciudadano; LUÍS ALBERTO CORREA LAYA, quien manifiesta ser venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Cedula de identidad Nº- 20.478.604, de 31 años de edad, fecha de nacimiento el 24 de marzo 1983, Soltero, natural de Puerto Infante, Estado Apure, grado de instrucción Sargento Segundo del Ejercito Bolivariano, (retirado) Ocupación actual Obrero y residenciado en la urbanización "Serafín Cedeño", Calle 04, Casa Nº-16, d.....