Es por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el fiscal del Ministerio Público, en contra del ciudadano LDWING GERSON VILLAMIZAR, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 15.547.796, de 31 años de edad, nacido en fecha 01-03-1978, natural de Santa Cruz de Guacas, Estado Barinas, de profesión u oficios obrero, hijo de Pedro Pineda y María Villamizar, residenciado en la Calle Rivas, Barrio Obrero, Guasdualito, Estado Apure, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Psicológica y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículo 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Diana Esther Correa Mosquera. SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas presentadas por el.....