DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, de conformidad con los artículos 616 y 645 de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley se declara con lugar el pedimento de la defensa y por ende acuerda: Se ordena LA CESACIÓN DE LAS MEDIDA POR PRESCRIPCION de la Libertad asistida y reglas de conductas impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, mediante sentencia definitivamente firme. No existiendo mas sanciones que cumplir se ordena la libertad plena del mencionado adolescente. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Diarícese, regístrese y cúmplase.
La Juez Profesional en Función de Ejecución,
ABOG. JOSELIN RATTIA COLIN.....