Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) CON LUGAR la Demanda de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES que intentó el Abogado AMILCAR JOSE GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 97.668, titular de la Cédula de Identidad Nº. 12.582.869, y de este domicilio, actuando en su propio nombre y representación, contra la ciudadana MIRIAN DEL CARMEN BLANCO DE NOGUERA. 2°) Se Condena a la parte demandada, ciudadana MIRIAN DEL CARMEN BLANCO DE NOGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 4.142.016, y de este domicilio, a cancelar al Abogado AMILCAR JOSE GUEDEZ, arriba identificado la cantidad de: UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.282.500,00), que constituye el monto total .....