DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley conforme a las previsiones del artículo, 164 y 177 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia declara:
UNICO: SIN LUGAR la solicitud los Profesionales del derecho Abogados JUAN PERNIA CAMPOS y FRANK TOVAR CAMARIPANO, quienes requieren a este tribunal se prescindiera de la Constitución del Tribunal Mixto, que conozca y decida la causa de los ciudadanos FAVIO RAUL CARDOZA GONZALEZ DANNYS DANIEL PINO Y EDUARDO DAVID RICO ARGUELLO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nºs 17.396.628 22.576.044, y 0.723.793 respectivamente, que se les sigue por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el Art. 406, ordinal 1 del Código Penal en concor.....