Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el Nº 1C 8475-11, instruida en contra de ciudadana Por Identificar, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal vigente para la época en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de la ciudadana Carrillo Valero Noris Mercedes, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.130.912, residenciada en el barrio el Gamero, sector Barrio Loco, casa s/n, Guasdualito, estado Apure; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Remítase la causa como concluida al Archivo Judicial en su oportunidad legal.