DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de la Defensa privada y declaro formalmente constituido el Tribunal que ha de juzgar el presente asunto de manera Unipersonal, en la causa seguida en contra de los acusados GALLARDO TORRES JONATHAN ALEXANDER Y QUINTANA LEON ALDO JESUS, titulares de las cédulas de identidad Nº 17.395.977 y 15.358.078, por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO, en perjuicio de quien en vida respondiera el nombre DOUGLAS ARGENIS ROSALES GARCÍA (OCCISO), previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal 1° del Código Penal Venezolano, y por el delito de HOMICIDIO CALIFIACDO FRUSTRADOP EN LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO, en perjuicio del ciudadano CARLOS LUIS CABRERA LEON, previsto y sancionado en el articulo 406 or.....