una vez verificada la presencia de las partes convocadas para el presente acto, se da inicio al acto programado. La ciudadana Jueza da lectura al artículo 107 de la Ley especial que rige la presente materia. Este Tribunal hace mención a lo siguiente: este Juzgado, cumpliendo con lo ordenado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, según oficio Nº CA-952-13 de fecha 15 de noviembre del presente año, en donde se colige que se le imponga de la sentencia al ciudadano: JESUS YOVANNY SILVA RIVAS, la cual fuera dictada en fecha 07 de agosto del 2013, observando el Tribunal que riela a los folios 599 al 603 del acta de culminación de esta causa, la dispositiva dictada, en la cual estuvo presente todas las partes, y principalmente el acusado de auto, comunicándosele al mismo del la dispositiva, el cual es traslado y copia fiel de la dispositiva que se encuentra en la sentencia condenatoria de fecha 13 de agosto del 2013, y así se infiere del folio 718, cuando el.....