En virtud de las anteriores consideraciones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Declara Competente para conocer del proceso seguido contra el ciudadano José Alberto Orozco, a la Jueza del Tribunal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Abg. Mayra Quevedo, ordenándose al Tribunal declarado competente una vez sea notificada de la presente decisión, le de cumplimiento a lo establecido en el primer aparte del artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se declara la Nulidad Absoluta, de las actuaciones realizadas por el Tribunal 3° de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a partir del auto de fecha 18-12-2017, donde.....