"(...)PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por ENFERMEDAD OCUPACIONAL y DAÑO MORAL, que intentara el ciudadano ALEXANDER JOSÉ RENDÓN SEIJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.202.686, debidamente representado por el Abogado MARCOS GOITÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.756.223, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.239, contra la Empresa Mercantil CERVECERÍA POLAR C.A., debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 14 de marzo de 1941, bajo el No. 323, Tomo 1, con registro de información fiscal RIF No. J-00006372-9(...)"