este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: ANGEL VICENTE GONZALEZ CORDERO Y HERMAN JUSTINA ROMERO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad NºV-11.756.937 y V-13.433.672 respectivamente, el cual contrajeron por ante el despacho de la Alcaldía del Municipio Biruaca Estado Apure, en fecha 05 de Mayo del año 1988, según consta del Acta de Matrimonio N° 65, acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los seis (06) días del mes de Marzo del año Dos Mil Quince (2015). Año 204° de la Inde.....