En consecuencia, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se confirma el fallo en consulta dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha dos (02) de diciembre de 2010, el cual declaró Parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales intentada por la ciudadana Felicita Ávila, contra el estado Apure, con las modificaciones contenidas en la presente decisión; SEGUNDO: Se condena al estado Apure a pagar a la parte demandante, los siguientes montos por los siguientes conceptos, Total antiguo régimen la cantidad de Tres Mil Cinco Bolívares con Seis Céntimos (Bs. 3.005,06), Intereses establecidos en el Artículo 668 de la Ley Orgánica del Trabajo la cantidad de Cuatro Mil Setecientos Noventa y Tres Bolívares con Treinta y Dos Céntimos (Bs. 4.793.....