RCIALMENTE CON LUGAR la presente solicitud formulada por la ciudadana NINOSKA ELENA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.904.877, actuando a favor de los Hermanos (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), debidamente asistida por la Abg. FRANCIA MAGALYS BENARES ARACAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 138.312, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 177 parágrafo segundo literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.