Seguidamente el Tribunal procede a notificarle ala ciudadana ROSA MARIA CAMEJO ESTRADA, en su condición de arrendataria del inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal que de conformidad con lo establecido en el Articulo 38 de la Ley de Arrendamiento inmobiliario se le concede un (01) año de prorroga legal, para continuar ocupando el inmueble, y que una vez vencido el año de prorroga concedido, desocupe el inmueble. Es todo, se le deja copia al carbón a la notificada. El Tribunal, no teniendo otra diligencia que hacer da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 2:30 PM. Y ordena devolver el Despacho al Tribunal Comitente, por estar cumplido. Terminó, se leyó y conformen firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia G. Puerta Valdez. El solicitante y su Abogado asistente. Giordano Michele A. Carmen Mota. La Notificada. Rosa Maria Camejo Estrada. El Alguacil Temp, José Alexander Espinoza. La Secretaria, Dra. Maria Milagro Aranguren.-
COM: N° 4-1395.-
AF.-.....