Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para decidir la demanda contencioso administrativa por COBRO DE BOLIVARES, interpuesta por el Abogado MARCOS GOITIA, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Bou Hamdan Bou Hamdan Adjan, Representante Legal de la Firma Personal INVERSIONES "LA FLOR DE APURE", ambos identificados supra, contra la Gobernación del Estado Apure.
SEGUNDO: DESISTIDO el procedimiento en la demanda interpuesta.