Por tal razonamiento, este Tribunal del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en función de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Acuerda:
PRIMERO: No tener materia sobre la cual decidir, en relación a la solicitud Sobreseimiento efectuada por la Fiscal III del Ministerio Público Abg, Marlene Mendoza, en fecha dieciocho (18) de julio de 2.012, por cuanto este Tribunal en fecha veintiséis (26) de abril de 2.010, acordó el sobreseimiento definitivo de la causa, por prescripción de la acción penal, en base a los artículos 109 del Código Penal, 318 numeral 3 y 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y 615 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decisión esta que adquirió el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: la apertura de un cuaderno separado, anexo a la presente causa, que deberá contener las actuaciones recibidas en este .....