D I S P O S I T I V A:
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: CON LUGAR la Inhibición propuesta por el Dr. JOSE ANGEL ARMAS, en su condición de Juez del TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS, en el juicio NULIDAD DE DOCUMENTO, incoado por los ciudadanos ARTURO JOSE MORILLO, ORLANDO DEL VALLE MORILLO y ALBERTO ANTONIO MORILLO contra los ciudadanos PEDRO RAFAEL MORILLO y MARIA SILVA MORILLO, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil.