DECISIÓN
Por las razones expuestas, este juzgado superior, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- DECLARA INADMISIBLE por extemporáneo, el recurso de apelación ejercido por el abogado LUIS EDUARDO LIMA, en su carácter de apoderado judicial de la Organización Comunitaria de Vivienda (OCV) "SANTA INES.
2.- CONFIRMA la sentencia dictada por este tribunal el 29 de Agosto de 2006, que DECLARÓ INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado LUIS EDUARDO LIMA, con el carácter indicado