Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad a lo previsto en el Art. 367 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, declara:
PRIMERO: CULPABLE, al ciudadano: RUBEN ARCENIO ALVARADO NIEVES, (...), en virtud de la admisión de los hechos; de la comisión del delito de HURTO SIMPLE DE GANADO VACUNO, previsto y sancionado en el Artículo el Artículo el Articulo 8 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera. En consecuencia, se condena al ciudadana: RUBEN ARCENIO ALVARADO NIEVES, ya identificado, a cumplir la PENA DE TRES (03) AÑOS DE PRISION en el establecimiento que a tal efecto designe el correspondiente Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, firme como quede la presente Sentencia.
SEGUNDO: Se condena igualmente al Ciudadano VICTOR RAFAEL ZAPATA DELIAS, ya identificado, a cumplir las pen.....