DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA:
PRIMERO: Medidas Cautelares establecidas en el Articulo 39 ordinales 1°, 4° y 9° de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, referentes a la SALIDA DE LA PARTE AGRESORA DE LA RESIDENCIA EN COMUN; RESTITUCION DE LA VICTIMA AL HOGAR Y LA NO AGRESIÓN VERBAL, FISICA Y PSICOLOGICA, siendo esta ultima de obligatorio cumplimiento para ambas partes.
SEGUNDO: Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico a los fines de que la prosecución del proceso. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
WILMER ARANGUREN TOVAR