D I S P O S I T I V A:
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Fundamentado en las razones que anteceden, ACUERDA: HOMOLOGAR EL PRESENTE DESISTIMIENTO de la presente causa, formulado por la parte que le dio inicio a esta, todo de conformidad con lo preceptuado en el artículo 263 del código de Procedimiento Civil.-
Diarícese, déjese copia, archívese.-Cúmplase.-
La Jueza Tit.,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria Temp..
Ydania Yusmany Mora García
Nota: Seguidamente se publicó la anterior sentencia, siendo las 3: 00p.m.,, del día de hoy, seis de Octubre de dos mil seis.-
Ydania .....