REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ROMULO GALLEGOS DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS
Elorza, 06 de Octubre de 2009
199° y 150°
Vista la anterior remisión de esta misma fecha, que hiciere la Defensoria de Niños y Adolescentes de la Población de la Trinidad de Orichuna, Municipio Rómulo Gallegos de Estado Apure, en virtud de solicitud de establecimiento del Régimen de Convivencia Familiar interpuesto por el ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cedula de identidad N° (IDENTIDAD OMITIDA) a favor de su hija (IDENTIDAD OMITIDA), de tres (03) meses de edad. No obstante, debido a que este Despacho conoce en Materia de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de acuerdo al régimen atributivo de competencia establecido en Resolución 1.278, de fecha 22/08/00, publicado en Gaceta Oficial.....