este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA DICHO CONVENIMIENTO en los términos expuestos por las partes, de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgànica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se fija en tal cantidad la Pensión de Alimentos que el ciudadano: VICENT EZEQUIAS ESCALONA LINARES debe cumplir a partir del mes de Julio del año 2006...
EL JUEZ,
Dr. WILMER J. PÈREZ C. La Secretaria,
Zenaida R, de Villamizar.
Exp. Nº 06-477 (Oblig. Alimt.)
Dr. WJPC/Lic. FDEM.