D I S P O S I T I V A:
En atención a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la RECUSACIÓN planteada en fecha 17 de Octubre de 2017, por el ciudadano AMAR HAIDAR EL JORDI, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ERICK JOSE MARTINEZ CERRADA, contra la Jueza Provisoria del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, DRA. JEANNET AGUIRRE DELGADO.
SEGUNDO: Se impone al recusante ciudadana abogada AMAR HAIDAR EL JORDI una multa de Dos Mil (Bs.2.000, oo) Bolívares al Fisco Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, el cual deberá .....