Declara CON LUGAR la presente solicitud, bastante y suficiente las presentes actuaciones, a favor del adolescente (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), conjuntamente con los ciudadanos LUIS GABRIEL CASTILLO MORENO, JULIO CESAR CASTILLO GAUTA, NANCY DIOSELIS CASTILLO MONTENEGRO, CARMEN GRASMALIS CASTILLO MONTENEGRO y LUIS EFRAIN CASTILLO MONTENEGRO, para que reclamen en sus condiciones de "UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS".