Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE LA ACLARATORIA de la sentencia, dictada en fecha 04 de noviembre de 2024, por cuanto, no se dejo de resolver un pedimento solicitado por la parte María José Mota Álvarez, Carlos Augusto Gómez Mota, Anabell Marina Gómez Mota, Pablo Orlando Gómez Mota, Adrián Miguel Arcángel Gómez Mota, Luis Felipe Mújica Mota, Pedro Luis Mújica Mota e Ysamari De La Paz Mota, y la ciudadana Livia Del Carmen Martínez, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia.