Por las razones antes, expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: MEDIDA INNOMINADA, para la prohibición de registro de cualquier acta de asamblea sea ordinaria o extraordinaria e incluso de disolución y liquidación de la empresa INVERSIONES INTERCOMUNAL B, C.A, la cual se encuentra debidamente registrada por ante la oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, bajo el expediente 272- 7997 Nº 10, Tomo 16 – A de fecha 29 de Mayo del año 2014 y representada por el ciudadano EDUARDO HUMBERTO MARQUEZ, para lo cual se ordena oficiar al Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA EMBARGO PREVENTIVO, de conformidad con los artículos 646 y 585 en concordancia con lo articu.....