En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir la demanda de INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesta por el ciudadano Cley José Hernández Villamizar titular de la cedula de identidad Nº V- 11.490.388 contra el Instituto Autónomo Municipal de Terminales, Transporte Publico, Tránsito y Vialidad del Municipio San Fernando del Estado Apure, presidido y representado legalmente por la ciudadana Beatriz Carolina Valera, Titular de la cedula de identidad N° V- 17.202.374.
SEGUNDO: Declina la competencia los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
TERCERO.....