este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA SECCION RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, ACUERDA: PRIMERO: la Libertad del Adolescente Iuris Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en consecuencia se le mantiene la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y el Adolescente. Quién deberá continuar presentándose a la Unidad de Formación Integral Oficina de Libertad asistida, a cargo de la Lic. Yhajaira Maldonado, quien es la persona encargada de vigilar y supervisar el cumplimiento de la sanción de LIBERTAD ASISTIDA. Cumpliendo la sanción el día 12 de Junio de 2010. Todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 482 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protecci.....