DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Se confirma el fallo en consulta dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, dictado en fecha nueve (9) de agosto de 2010, con las modificaciones contenidas en la presente decisión: PRIMERO: Se declara Parcialmente con lugar la demanda intentada por RIVAS EDEN OMAIRA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 4.140.841, en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD; SEGUNDO: Se condena a la parte accionada MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD; a pagar al actor los siguientes cantidades: por concepto de Total antiguo régimen la cantidad de Mil Novecientos Cuarenta y Seis Bolívares con Cuarenta Céntimos (Bs. 1.946,40), por concepto de Total Antigüedad la cantidad de .....