Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano Luís Alberto Rosales Díaz, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 9.871.816, debidamente representado por los abogados Ramón Andrés Blanco Palavecino y Eisen José Bravo Ramirez, venezolanos, mayores de edad e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo los Nros. 134.656 y 52.967, respectivamente, contra el acto administrativo contenido en la providencia administrativa Nº 025-12 de fecha 07 de marzo de 2012, emanado de la Zona Educativa del Estado Apure.
Segundo: Se desestima la solicitud de reincorporación al cargo d.....