Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamientos: PRIMERO: condena a los ciudadanos: CARLOS EDUARDO RODRIGUEZ ZARATE, titular de la cedula de identidad N° 27.317.271, nacido el 30-01-1993, residenciado en los Pajales al lado del Hotel la Cascada, Los Arrieros , Municipio Biruaca del Estado Apure y YORDIS DANIEL NIEVES CASTILLO, titular de la cedula de identidad N° 24.200.649, nacido el 17-03-1994, residenciado en el Barrio Jaime Lusinchi por la bajada, Casa N° 02, Calle Principal, cerca de la casilla policial, Municipio San Fernando del Estado Apure; a cumplir la pena de Cuatro (04) años, Diez (10) meses y Veinte (20) días de prisión, por la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con.....