HOMOLOGA la transacción efectuada por el ciudadano PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO APURE y el abogado JOSÉ FRANCISCO RATTIA CORONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 9.830, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PLÁCIDO ANTONIO VILLANUEVA CORTEZ en su carácter de propietario de la CONSTRUCTORA "LOS CERRITOS". Como consecuencia de la anterior declaratoria y de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, se declara la presente causa como Cosa Juzgada y se da por terminado el proceso.