PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición propuesta por la Dra., DULCE MEDINA, Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción judicial del Estado Apure, en el juicio de Inquisición de Paternidad, seguido por la ciudadana LIGIA NEREIDA BENAVENTA Contra los hermanos NOGUERA HERRERA y NOGUERA RUIZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se le ordena a la juez inhibida solicitar la designación de un suplente especial para que conozca de la referida causa.