Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES que intentó el ciudadano JOSE AURELIANO GONZALEZ AÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 4.999.726, de este domicilio, asistido de Abogado, contra el ESTADO APURE, en la persona del ciudadano Dr. LUIS LIPPA. 2°) Se Condena a la parte demandada, ESTADO APURE, quien deberá cancelarle al demandante ciudadano JOSE AURELIANO GONZALEZ AÑEZ, ya identificado:
PRIMERO: Las Prestaciones Sociales correspondientes a ONCE (11) MESES y DOS (02) DIAS, como COMISARIO por una relación laboral que se inició el día 19 de Octubre de 1.999 y culminó el día 21 de Septiembre de 2.000, con un sueldo mensual de CIENTO TREINTA Y DOS MIL BOLIVARES (Bs. 132.000,0.....