En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. DECLARA:
Primero: CON LUGAR la demanda DE ACCION MERO DECLARATIVA DE ACCION CONCUBINARIA intentada por el ciudadano GERARDO DE LA CRUZ CHACON GOMEZ, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.387.863, debidamente asistido por las abogada en ejercicio YUVIRA JOSEFINA VELAZQUEZ MEDINA y ANALICIA RODRIGUEZ MONTOYA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 134.781 y 36.103, contra la ciudadana CARMEN CLAUDELIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 8.629.280 debidamente asistida por los Abogados Apoderados PEDRO OMAR SOLORZANO REYES Y GUSNER GUSNECER ALVARADO inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 79.641 y 140.376.