este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda:
PRIMERO: el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa, instruida en contra de las adolescentes imputadas: : (SE OMITE LA IDENTIFICACION DE LAS ADOLESCENTES POR MANDATO EXPRESO DEL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves, previsto en el articulo 416 del Código penal. Todo de conformidad a lo establecido en el artículo 300, numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, toda vez que el hecho objeto del presente proceso carece de tipicidad. SEGUNDO: Remitir la presente causa al Archivo Judicial como concluida, una vez vencido el lapso para .....