DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Interrumpida definitivamente, la concentración y continuidad del Juicio Oral y Publico en la presente causa signada 2U-475-09, iniciado el día 15-11-2011, causa seguida en contra del acusado ALI ARNOLDO BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.938.326, plenamente identificado en autos; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO Y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, en perjuicio de JAIRO ANTONIO RIVAS (OCCISO, JUAN MANUEL CARPIO Y LUIS YSCANDAR BLANCO. Todo de conformidad con previsto en los artículos 17, 332 y 337 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena reiniciar el debate oral y público, para el día 06 DE JUNIO DE 2012, a las 9:.....