DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara sin lugar la pretensión interpuesta el 9-7-2013 por la Abg. MARITZA VIVIANA ORTIZ, Defensora Pública 3ª de la Extensión Guasdualito de la Coordinación Regional de la Defensa Pública del Estado Apure, Defensora de ANTONIO JOSE MORENO RAMIREZ, contra la decisión mediante la cual el 3-7-2013, el Juez 1º de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. MIGUEL PADILLA BAZÓ, condenó al antes mencionado ciudadano, como responsable de la comisión del delito de violencia física, tipificado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia......