En virtud de los motivos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Con lugar la pretensión interpuesta en fecha 22-1-2018 por los Abogados Robert Alberto Moreno Juárez y Williams José Linero, en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos Jean Carlos Tovar Pacheco, José Luís Franco Jiménez, Luís Enrique Tovar Reyes, y Isaac Eloy Mora Juárez, contra la decisión dictada y publicada el 15-1-2018, por la Jueza 2ª de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Rosmery Torres, pero por las razones plasmadas en el presente fallo.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 174, 175, y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, se Anula el auto impugnad.....